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La Iglesia se topó con Lolita

Hace 6 meses escribía en esta columna que de acuerdo con la nueva reforma fiscal, las iglesias están obligadas a pagar impuestos. Ese plazo ya llegó y ahora el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado que iniciará un proceso de auditorías en caso de incumplimiento y de que se detecten irregularidades en la información reportada.

Desde este mes las iglesias están obligadas a rendir cuentas al fisco y, en su caso ceñirse a las reglas como cualquier ciudadano, ya sea a través de la contabilidad electrónica o de la aplicación Mis Cuentas, que provee la propia autoridad fiscal.

En 2014 el SAT, había señalado que las asociaciones religiosas debían cumplir sus obligaciones en materia de comprobación fiscal y contabilidad electrónica. Se dijo que éstas mantenían su carácter de no contribuyentes, pero al sí retener impuestos debían informar al fisco de las operaciones que realizan y llevar una contabilidad. Hay un régimen particular para las iglesias, que es el aplicable para las agrupciones religiosas.

La medida tiene fines de control, principalmente, no de recaudación porque los ingresos de las organizaciones religiosas, como los provenientes del diezmo y otro tipo de ofrendas y donativos, cobro de misas y venta de libros para fomento del culto, están exentos de impuestos cuando son utilizados para la misma asociación religiosa.

Pero si se salen de los propósitos para los que fueron creadas, las agrupaciones religiosas reciben idéntico tratamiento que cualquier contribuyente, es decir, deberán pagar el ISR y el IVA y, desde enero pasado, tienen la obligación de emitir facturas electrónicas por las actividades y servicios que realicen, como vender comida, rosarios, rompope y galletas o efectuar rifas y kermeses, cuando éstas ventas tengan fines de lucro o de obtención de ganancias. También pagarán impuestos por sueldos de los sacerdotes mayores a tres salarios mínimos.

EL SAT ha declarado que ésta no será particularmente una medida para recaudar más impuestos, sino principalmente para evitar donativos del crimen organizado. Ahora quien quiera entregar una limosna de alto monto tendrá que sujetarse a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, y las iglesias están obligadas a corroborar la identidad y la actividad de sus donantes.

En México, según cifras de la Secretaría de Gobernación, hay más de ocho mil organizaciones religiosas. De éstas 8 mil 543 son cristianas (católicas, evangélicas y ortodoxas), 17 orientales (hinduista, budista y krishna), 10 judías, tres islámicas y ocho catalogadas como “nuevas expresiones”. Hasta ahora ninguna tenía que informar sobre sus ingresos.

Otras formas en que las iglesias pagan impuestos, por ejemplo en la Ciudad de México, es que aquellas inscritas en el padrón de la Segob sí pagan el impuesto predial, salvo que tengan una declaratoria de excepción; es ahí cuando se les condona el gravamen.

Aquellas iglesias consideradas monumentos históricos o que son propiedad del Estado o la nación están exentas del gravamen.

México no es el único país donde las iglesias pagan impuestos. Por ejemplo, en Italia, desde 2013, la Iglesia cumple con el Impuesto de Bienes Inmuebles (impuesto predial) de todos los edificios no dedicados al culto religioso. Esta medida fue tomada por el expresidente Mario Monti, luego de que se evaluara que el clero en ese país piosee aproximadamente 50 mil inmuebles, de los que más de 30 mil no se dedicaban sólo a la oración.

Ahora sí que ni las iglesias se van a salvar de pagar impuestos. Como ya lo han anunciado las autoridades: cualquiera puede ser sujeto a una auditoría de Hacienda.

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